Por reciente sentencia del Tribunal Supremo, los trabajadores que requieran ausentarse del puesto de trabajo por enfermedad o accidente (‘días malosos’), se considera acción suficiente la presentación de documento sanitario público que acredite haber recibido asistencia sanitaria al respecto.
Deja de ser necesario el sistema impuesto por la empresa, consistente la obligatoriedad de presentar un justificante que recoja la prescripción de reposo, ya que esta ausencia no se trata de una situación de IT.
Comisión Ejecutiva SEMAF