En los próximos días se va a iniciar el proceso de distribución del Procedimiento Específico 16 del Sistema de Gestión de Seguridad del Grupo Renfe. En él se protocolizan las actuaciones de verificación que realizan tanto el personal de conducción como los Centros de Gestión.

Inicialmente se va a distribuir y poner en fase de pruebas el próximo día 20 en los trenes de AV/LD que circulan entre Alicante y Madrid Puerta de Atocha para, una vez superado dicho periodo, irse extendiendo al resto de trenes de manera que para finales de verano su aplicación sea completa.

En esta ocasión, al contrario de lo sucedido con la Resolución Circular nº 3 y  el Plan de Actuación, Evacuación y Rescate, el procedimiento responde a los planteamientos defendidos por SEMAF y expuestos ante el Ministerio, siendo los siguientes:

  1. En contra de lo pretendido por la Empresa, sólo se protocolizan las actuaciones de verificación que ya realizan tanto el personal de conducción como los Centros de Gestión.
  2. Que, independientemente del ritmo de implantación, su aplicación sea universal, esto es, que afecte a todos los trenes del Grupo Renfe y se extrapole, mediante la publicación del documento legal correspondiente, al resto de Empresas Ferroviarias y al Administrador de Infraestructuras como partícipes del sistema ferroviario nacional que son. La mejora del sistema ferroviario nacional, es incompatible con una aplicación parcial de la mediada.

 

 

 

 

 

Hay que reseñar, que la puesta en marcha de este Procedimiento conlleva, la dotación en los vehículos motores con un “libro de verificación y entrega de servicio”, en  el cual se puede distinguir:

  1. En la parte interior de la portada, a título recordatorio, se relacionan los puntos y acciones a verificar.
  2. Varias hojas con el formulario de verificación y entrega de servicio en los que se debe reseñar los datos relativos a:
    • El servicio a realizar, el maquinista que realiza la verificación y en su caso el/los maquinistas que se relevan durante la realización del tren
    • La información y documentos que se transmiten en el relevo.
    • En caso de existir, las anomalías detectadas en el chequeo.

Además, en el libro que se dotará a los vehículos motores de Mercancías, a petición nuestra, en la parte interior de la contraportada, se han incorporado “Las instrucciones escritas según el R.I.D.” con lo que se da cumplimiento a lo establecido al respecto para el caso de transportar Materias Peligrosas.

De su aplicación diaria se va a derivar la necesidad de redefinir algunas verificaciones, actuaciones, procedimientos, etc., por lo que es necesario hacer un seguimiento de su aplicación, trasladando cualquier consideración o duda que surja al respecto, al Secretario de Sección Sindical de tu ámbito.