Debido a las dudas que nos habéis trasladado en los últimos días sobre la regularización de la Prima Variable, creemos necesario aclarar los conceptos que implican el complemento variable en relación con los permisos de maternidad y paternidad.
Durante el disfrute del permiso por maternidad y/o paternidad la retribución que perciben los trabajadores es el 100% de la base reguladora del sueldo del mes anterior al nacimiento del hijo (día del hecho causante) y se divide entre el número de días del mes para calcular la cantidad diaria, que será la base de cálculo a abonar por el número de días de permiso.
La información sobre la base reguladora en la nómina se corresponde con la referencia “B.C. Comunes”.
En esta situación, donde se produce una suspensión temporal de la relación laboral con el Grupo Renfe, el abono del salario es a cargo de la Seguridad Social.
Respecto a la Prima Variable:
El sistema retributivo consta de un componente fijo y un componente variable. El variable es un complemento de productividad común de la residencia, en el cual hay una relación directa para su cálculo entre el número de agentes que prestan servicio de conducción efectiva y los minutos totales que se realizan en la residencia.
La regularización se realiza teniendo en cuenta los días que el trabajador se ha encontrado en situación de realizar conducción efectiva, tal y como establece el Marco Regulador de Conducción, en todas aquellas situaciones en las cuales hay una suspensión temporal de la relación laboral, como son: sanciones, huelgas de 24 horas, maternidad, paternidad, licencias sin sueldo, incapacidad temporal (tanto por accidente de trabajo como por enfermedad común), son detraídas del cálculo y, por tanto, de la liquidación.
COMISIÓN EJECUTIVA SEMAF