Esta mañana se ha celebrado la reunión de la Comisión Negociadora del II Convenio Colectivo del Grupo Renfe, donde se han tratado todos los aspectos relacionados con la Sociedad de Mercancías.
Los tres puntos que se plantearon, susceptibles de negociación, fueron la mejora de la eficiencia y aprovechamiento de los recursos del personal de esta Sociedad, la transferencia de personal que actualmente tiene suspendido o revocado el certificado con carácter definitivo o con alta probabilidad de convertirse en definitivo a la Sociedad de Viajeros, así como la especialización de varios cuadros de servicio en residencias exclusivas de mercancías.
Para solventar los puntos anteriormente mencionados se ha llegado a un acuerdo por SEMAF, CCOO y UGT:
Respecto a la mejora de eficiencia del personal, se ha acordado, que los servicios previstos podrán ser modificados, por parte de la empresa, en lo siguiente: origen, destino, número de tren, hora de presentación, hora de salida, tipo de material o carga, mediante comunicación telefónica con una antelación mínima de dos horas previas a la presentación.
No se podrá adelantar o retrasar la hora de presentación una vez realizada la misma, así como retrasar en más de dos horas la finalización de servicio inicialmente previsto, ni superarse las jornadas máximas legales establecidas.
Si el trabajador tuviese asignado un servicio de descanso fuera de residencia y el nuevo servicio inicia y termina en residencia, siendo esta situación de cara a descanso de su ciclo de trabajo, se considerará finalizado el turno de trabajo inicialmente previsto. Y si no fuese de cara a descanso del ciclo el nuevo servicio no deberá finalizar superando la hora inicialmente prevista.
El personal que actualmente tiene revocado o suspendido el certificado con un periodo mínimo de 24 meses será transferido a la Sociedad de Renfe Viajeros, siempre que sea en su misma residencia y voluntariamente a otra, de no existir esta posibilidad. De darse el hecho de recuperar el título habilitante, retornará a dicha Sociedad de Mercancías.
Por último, con el fin de conseguir una mayor eficiencia y fidelización del personal, se ha acordado la creación de las residencias Vicálvaro-Mercancías y Córdoba-Mercancías, que no será de aplicación para el personal que actualmente desempeñan su trabajo en los cuadros de mercancías de Madrid-Fuencarral y Córdoba.
Como consecuencia de lo anteriormente citado serán de aplicación las tablas anexas al acuerdo, modificando los emolumentos percibidos en la PV1 y PV2 del personal de mercancías, que suponen un aumento sustancial en las cantidades actuales, aspecto que se venia trasladando reiteradamente como una reivindicación desde SEMAF.
Todos estos aspectos quedan ligados a incrementar el ritmo de tratamiento en la Mesa de Personal, de la cláusula 6ª: Clasificación de trabajadores, referente a lo percibido como Prima Variable de Ancho Métrico.
Estamos convencidos de que con este acuerdo se consigue, por un lado, posibilitar una mejor gestión de los recursos y, paralelamente, aumentar de manera clara la remuneración del personal de conducción adscrito a la Sociedad de Mercancías.
Por último, tras las conversaciones manteidas, informamos de la puesta en marcha del Plan de Desvinculaciones a fecha 1 de enero de 2020, siendo este año próximo el primero en el que dicho plan puede revertir una mejora en la planificación y así satisfacer nuevamente las reivindicaciones de nuestra organización.
Acta Comisión Negociadora II C.C. Grupo Renfe Acuerdo Mercancías 30/12/2019
COMISION EJECUTIVA SEMAF