La Comisión Ejecutiva ha detectado comportamientos incorrectos en la parte práctica de la formación correspondiente a la unidad 2700 en algunas residencias laborales, comportamientos ya comunicados a la Dirección correspondiente por esta Comisión.
Estos, que son cometidos por algún formador, consisten en acuciar al maquinista en prácticas para circular a una velocidad superior a la autorizada por la propia empresa. Recordar que las unidades serie 3600 son las únicas habilitadas para circular a tipo 100, tal y como prevé la consigna serie C n.º 4/2010 DGA-1 sobre velocidades máximas permitidas.
Solicitamos a los maquinistas que nos faciliten el nombre de los responsables que, durante las prácticas, imponen circulaciones superiores a las admitidas.
Selector de tipo de tren en la unidad 2700
En la misma línea de lo anterior hemos observado que, si bien la práctica totalidad de los formadores hacen su trabajo con rigor, seriedad y profesionalidad, algún formador apremia al maquinista en prácticas a seleccionar un tipo de tren con una velocidad superior a la permitida para ese trayecto. Como ejemplo decir que se ‘sugiere’ poner un T-90 para velocidades máximas permitidas de 80 km/h.
Esta Comisión insta a todos los maquinistas a que se habitúen a realizar la selección pertinente en cada caso.
En ambos casos (velocidad a 100 km/h y selector de tipo de tren) hemos de reiterar que LA SEGURIDAD EN LA CIRCULACIÓN ES PRIORITARIA, somos conscientes de que para la empresa no es así, pero debe serlo para nosotros.
Recordemos los accidentes ferroviarios que desgraciadamente están sucediendo a lo largo de la geografía española y reflexionemos acerca de las posibles consecuencias jurídicas y penales si incumplimos las normas de seguridad.
COMISION EJECUTIVA