En reunión mantenida el pasado día 18, la citada Comisión ha llegado a los siguientes acuerdos:

1. Las bajas serán efectivas el último día del mes.

2. Los trabajadores que prestan servicio en Sociedades participadas y Fundaciones del Grupo Renfe, deben solicitar previamente el reingreso en el Grupo.

3. Se acuerda modificar el punto 7.2 del Plan de Empleo 2016 del Grupo Renfe ampliando la excepcionalidad, y por una sola vez, al 31 de enero de 2016 y la garantía establecida se mantendrá aunque la baja efectiva sea posterior a la fecha solicitada.

Se adjunta a pie de página, enlace al acta de la citada reunión y anexos modificados de la solictud de adhesión al plan.