En relación con el modelo de solicitud elaborado por la Dirección de la Empresa para conocer los deseos de movilidad de los trabajadores de conducción con contrato de obra o servicio, debemos hacer las siguientes consideraciones:

  • Esta solicitud no supone una petición formal con validez legal, dado que el contrato de obra o servicio no permite participar en procesos de movilidad.
  • SEMAF ha exigido a la Dirección de la Empresa que, de acuerdo con lo contemplado en los acuerdos alcanzados y en aplicación de la tasa de reposición recogida en la Ley de Acompañamiento de los Presupuestos Generales del Estado, se proceda en el más breve plazo posible a la transformación de los contratos de obra o servicio actualmente existentes en el Grupo Renfe en contratos indefinidos.
  • Atendiendo a la expectativa de concretar lo señalado en el punto anterior, es importante conocer las preferencias de los trabajadores con contrato de obra o servicio para poder hacer una estimación lo más aproximada posible de las vacantes existentes en cada una de las residencias antes de proceder a adjudicar las plazas descubiertas a los becarios que que se incorporarán al Grupo Renfe.

 

De acuerdo con lo anterior, consideramos positivo que todos los trabajadores con contrato de obra o servicio completen en su totalidad con el orden de preferencia de las residencias establecidas el modelo remitido por la Dirección de la Empresa, con independencia de que, cuando su contrato pase a la situación de indefinido, deban solicitar con carácter formal las residencias que se les oferten, entendiendo desde SEMAF que la residencia que obtengan lo será con carácter definitivo en consonancia con lo contemplado en los acuerdos de la Comisión de Conflictos y la desconvocatoria de huelga de SEMAF que propiciaron su incorporación al Grupo Renfe.