En el actual año nos enfrentamos al cambio más importante que ha habido en FEVE desde su constitución como empresa. Ante este reto surgen dudas y posibilidades: ¿qué hacer?, ¿cómo serán las nuevas empresas?, ¿cuáles serán las líneas de actuación?, ¿en qué condiciones quedaremos los trabajadores? y un sinfín de preguntas a las que de momento no podemos ofrecer respuestas.
A día de hoy parece ser que la opción más probable se caracteriza, grosso modo, por una división en dos empresas:
1. Una parte que se constituiría como Entidad Pública Empresarial que, permítasenos la analogía coloquial, equivaldría al ADIF.
2. Otra parte que se constituiría como Sociedad Anónima Empresarial, la cual dependería 100% de la Entidad Pública Empresarial anterior y que aglutinaría al personal de conducción, comercial y talleres.
Ante esta primera división, y sin entrar en otras cuestiones, surgen varias preguntas: ¿qué significan estos tipos de empresa?, ¿cuáles son las diferencias entre ellas?, ¿porqué se han escogido esos modelos?, ¿porqué son modelos diferentes?, ¿qué ventajas y desventajas tiene cada modelo en particular y ambos en general?. Como podéis observar surgen multitud de preguntas, pero en este comunicado y ante la extensión que implicaría el análisis de todos los temas trataremos únicamente una cuestión: las diferencias entre ambos tipos de empresas.
Hemos de decir que el objetivo principal de este escrito es conseguir la reflexión de los trabajadores, para ello consideramos que no es relevante ni la adscripción sindical, ni la disciplina sindical, ni las ideologías políticas; se trata, insistimos, del mayor cambio que ha habido y habrá en la empresa.
EL TRABAJADOR DEBERÁ VALORAR QUE CONSIDERA MEJOR PARA ÉL
Referente al primer tipo de empresa, que englobaría a instalaciones, circulación y parte de oficinas.
El carácter de Entidad Pública Empresarial, que FEVE tiene actualmente, lo poseen otras empresas también dependientes del Ministerio al que estén adscritas como por ejemplo ADIF, RENFE-Operadora, AENA, Puertos del Estado etc. Jurídicamente no implicaría cambios importantes en un primer nivel, es decir, el trabajador no tendría alteraciones ni en su tipo de contrato ni en sus derechos. Nuestra opinión respecto a este tipo de empresa es en principio positiva.
Respecto al segundo tipo de empresa: Que englobaría a maquinistas, talleres, comerciales y algunos administrativos.
El nuevo tipo de empresa que FEVE propone obligada por la ley del sector ferroviario es el denominado:
Sociedad Anónima Empresarial. Este tipo de empresa tiene unas características propias y muy diferentes de la anterior.
1. Las sociedades mercantiles estatales, con forma de sociedad anónima, cuyo capital sea en su totalidad de titularidad directa o indirecta de la Administración General del Estado o de sus organismos públicos, se regirán por el ordenamiento jurídico privado (Recordar que FEVE a día de hoy es una entidad de Derecho Público).
2. En nuestro caso particular, según esta propuesta, la nueva empresa dependería de la Entidad Pública Empresarial, pero la obligación legal de tener carácter de Sociedad Anónima Empresarial conllevaría necesariamente a coexistir dos empresas públicas de transporte ferroviario de carácter estatal (RENFE Op. Y FEVE Op.) y con ello, posiblemente, el incumplimiento de las normas y reglamentos que Europa ha aprobado.
¿Qué conclusiones podríamos sacar a priori de estos ejemplos? Una parte de la empresa compuesta por los trabajadores de instalaciones fijas, circulación y buena parte del personal de oficinas, quedarían bajo la égida de la Entidad Pública empresarial FEVE; Es decir en una posición similar al actual. El resto: maquinistas, agentes comerciales, talleres y algunos administrativos quedarían adscritos a una Sociedad Anónima al servicio de la Entidad Pública Empresarial FEVE. Resaltar que como Sociedad Anónima aunque en un principio la titularidad esté en manos públicas ello no implica que en un futuro cercano no pueda pasar a manos privadas. Dada la dificultad de justificar la existencia de dos empresas públicas estatales la empresa legalmente podría tener un futuro incierto. Las posibilidades de que la relación laboral sufriese algún tipo de cambio profundo en detrimento nuestro son muy altas, nótese que tendríamos un ordenamiento jurídico privado en vez de público como tenemos ahora.
Sin duda la no integración en ADIF y RENFE-Operadora es beneficiosa, pero la cuestión es ¿para quién?; sin duda lo será para la alta Dirección de FEVE que conservarán sus sinecuras. Hasta aquí está claro para quien es positivo, pero para los casi dos mil trabajadores que conformamos y que sostenemos esta empresa ¿es bueno?.
SEMAF considera hoy que la mejor opción es: la gestión de FEVE por ADIF y por RENFE-Operadora la nueva sociedad anónima. El porqué de nuestra elección es sencillo de explicar: se trata de mantener en las mejores condiciones no solo a una parte de la empresa, que seguiría dependiendo de la Administración Estatal, sino a todos los trabajadores quienes tendrían asegurados todos sus derechos. Solo si la gestión de la nueva Sociedad Anónima Empresarial fuera realizada por Renfe-Operadora, garantizaría los derechos de sus trabajadores y evitaría un futuro al menos incierto.
COMISION EJECUTIVA